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EL CABILDO APRUEBA EL AVANCE DEL `PLAN INSULAR DE CAZA´

EL CABILDO APRUEBA EL AVANCE DEL `PLAN INSULAR DE CAZA´

El Cabildo de Gran Canaria, a través de la consejería de Medio Ambiente, ha aprobado el avance del “Plan Insular de Caza de Gran Canaria”, instrumento de gestión del aprovechamiento cinegético, con el que se pretende “adoptar las medidas adecuadas para la protección, conservación, fomento y ordenado aprovechamiento del recurso cinegético en Gran Canaria.

Dicho Plan define el marco de actuación general y el modelo de organización cinegética basados en la estructura y clasificación de los terrenos de la isla.

El periodo de vigencia será de 5 años, a partir de su aprobación, y regulará la caza de las especies cinegéticas -conejo silvestre y perdiz roja como especies principales y paloma bravía, tórtola común, codorniz común y especies asilvestradas como especies secundarias-.

La superficie total restringida para la actividad cinegética por los espacios naturales protegidos, supone un 11,12 % del territorio insular -17.350 hectáreas-.

Objetivos Generales

Identificar los factores limitantes del recurso cinegético, al objeto de establecer actuaciones objetivas, fundamentadas científicamente, para su correcta gestión. Establecer las bases para un aprovechamiento ordenado y racional, que permita optimizar el rendimiento del recurso.

Salvaguardar la sostenibilidad del recurso cinegético, asegurando su persistencia en el tiempo Compatibilizar la actividad cinegética con el resto de usos y aprovechamientos que se desarrollan en el territorio. Dar debido cumplimiento a un requisito legal. Compatibilizar los intereses del gestor y el colectivo cinegético, alcanzando el consenso en la gestión del recurso. Mejora del medio natural como consecuencia de las técnicas de intervención ambiental aplicadas sobre el territorio.

Sin descuidar estos aspectos, El Plan Insular de Caza se centra en el control y regulación de lo meramente cinegético. Este hecho pasa por la educación y concienciación del cazador respeto a las normas que se establezcan para la correcta gestión del recurso y que, deberán apoyarse en un sistema de vigilancia eficiente, ya que en caso contrario, el gestor se verá avocado a la disminución de jornadas de caza como único sistema de regulación eficaz del aprovechamiento.

Caza del Conejo

En aras del mejor aprovechamiento y recuperación del conejo, el periodo hábil deberá extenderse desde mediados de agosto, hasta el final de octubre ó primera semana de noviembre. En el caso de abundancias relativas, se incrementarán las jornadas de caza dentro del periodo propuesto, pero éste no se ampliará, sin perjuicio de la declaración de zonas de emergencia cinegética, como herramienta de gestión -nunca entendido como actividad cinegética-, con su posterior uso en traslocación.

Caza de la Perdiz

Podrá realizarse, si se estima oportuno, la separación de los periodos de caza para la perdiz y el conejo, extendiéndose en este caso el periodo de caza para la perdiz roja desde la primera semana de noviembre, hasta finales de diciembre.

Sistema de Suelta: Se recomienda la suelta de un máximo de 1.500 parejas reproductoras por año, produciéndose un número superior tal, que cubra las necesidades de los dos cotos intensivos y la celebración de campeonatos a nivel insular.

En el mes de julio se deberán reunir los agentes implicados y se definirán los lugares de suelta, comenzándose a trabajar en ellos, al objeto de incrementar la calidad de los hábitats para la acogida de los ejemplares repoblados. Deberá utilizarse el jaulón de adaptación durante las primeras 24-36 horas. Las sueltas se realizaran en grupos de diez individuos, a ser posible con distribución normal de sexos.

Las perdices a utilizar se producirán en la granja del Corral de los Juncos a partir de ejemplares autóctonos, a razón inicial de al menos 5.000 perdices/año, al objeto de cubrir las necesidades de refuerzo poblacional y para su uso en campeonatos de caza y cotos intensivos.

Deberán prohibirse los permisos de suelta de perdiz roja foránea, debiendo ser la perdiz local la utilizada en todas estas actuaciones.

El número de cazadores de perdiz se obtiene a partir de las estadísticas de licencias y de las encuestas cinegéticas, estableciéndose en 2.000 puristas de la especie y 4.000 que la cazan al salto mientras desarrollan la caza del conejo con escopeta, perro y hurón.

Un cazador de perdices invierte aproximadamente 4,45 horas para abatir una perdiz, aumentando la eficacia un 23% si se trata de cuadrillas de 3 cazadores y 5 perros, con una duración media de la jornada de caza de 6,2 horas y un coeficiente de asistencia del 70%. De tal manera que cada cazador abate 0,7 perdices/jornada de media. Señalar que estos datos han sido obtenidos a partir de las fichas de aprovechamiento cinegético y de encuestas con los cazadores en la temporada 2008.

Al no existir datos previos de diferentes años, al objeto de su normalización y al tratarse de una muestra del total de la población, deberán establecerse unas estadísticas de aprovechamiento anual, con la finalidad de que en los años de vigencia de este documento se ajusten estos valores para su mejor significancia.

La tasa de extracción con el modelo actual oscila entre el 40 y el 60% de la población pre-caza -52,9% de extracción en la censo post-caza 2.009-, valorándose la extracción por caza directa y la colateral de otras modalidades. Por tanto, el coeficiente de extracción máximo sostenible en ningún caso superara el 40% de la población precaza, siendo incluso inferior en función de la realidad de cada temporada.

Caza de la Codorniz

El periodo hábil de caza deberá extenderse entre los meses de septiembre y noviembre, época en que ya ha migrado la mayoría del contingente hacia África, quedando en la isla las aves residentes invernantes.

A este respecto deberá crearse un centro de recuperación de la codorniz común, a partir de ejemplares de campo, que deberán analizarse para contrastar su pureza genética. Previamente deberá procederse a restaurar los hábitats críticos para la especie, para finalmente proceder a su reintroducción. No se dispone de datos significativos de su caza, al permanecer la veda cerrada para la especie desde el año 2003.

Caza de la Tórtola Común

El periodo de caza se extenderá desde mediados de agosto hasta octubre, si bien el inicio del aprovechamiento coincide con la migración al continente africano, lo que la convierte en una especie secundaria en lo que se refiere a su aprovechamiento. En las últimas temporadas se ha constatado un regresión de la especie a nivel local, lo que se ha reflejado en la orden general de vedas anual, con una disminución inicial de la tasa de extracción -2002 y 2003-, para terminar con la prohibición de su caza las últimas 5 temporadas. En cualquier caso, las medidas de mejora a nivel insular son limitadas, al ser una especie migratoria que arriba a la Isla para su reproducción.

Caza de la Paloma Bravía

Es actualmente la especie que se encuentra en mejores condiciones, fruto de la menor presión cinegética -solo un 2,2 % de los cazadores de la isla son puristas de la especie y un 30,1% la cazan al salto, cuando se dedican principalmente a la caza del conejo- y de la ausencia de patologías de importancia en la especie. El periodo de caza podrá extenderse desde septiembre a diciembre, ambos inclusive, determinándose su extensión en función de las tasas de aprovechamiento obtenidas a partir de los censos anuales.

La abundancia de paloma cimarrona e híbrida está produciendo graves daños en instalaciones ganaderas y zonas de cultivo, siendo en su status actual un serio competidor por los recursos tróficos, para el resto de especies del medio natural. Por tanto, deberán realizarse descastes periódicos en instalaciones agrícolas y ganaderas -zonas de seguridad durante la temporada de caza-, al objeto de evitar los daños que en los últimos años se están produciendo, en su mayoría causados por palomas domésticas asilvestradas y sus híbridos con paloma bravía.

Debido a que el modelo actual de caza es insuficiente para el control adecuado de las poblaciones, se concederán permisos, para un período determinado, solicitados por daños por el titular de la explotación, a realizar por las personas propuestas por este, para el control de las poblaciones -no caza- en lugares concretos. Podrá determinarse como medida excepcional durante el levantamiento de la veda, el cupo de capturas ilimitado, al objeto de mantener el equilibrio de las poblaciones.

El Cabildo, que ha aprobado el avance del Plan Insular de Caza tras el visto bueno del Consejo Insular de Caza, enviará dicho avance al Gobierno de Canarias para que, una vez convoque el Consejo Regional de Caza, lo devuelva al Cabildo para su aprobación definitiva.

 

 Infonortedigital

http://www.infonortedigital.com/index.php?id=53392&seccion=17

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