El ex alcalde de Telde niega que entrase en sus competencias acabar con los vertidos tóxicos
LA GACETA
http://www.lagacetadecanarias.net/lector.php?articulo=20080208175816
Santiago afirma que los conocía, pero era el Gobierno de Canarias el que debía actuar / La Ley de Bases de Régimen Local confirma que el Ayuntamiento debe velar por la protección del medio ambiente
CARLA PEÑALAS PALMAS DE G.C.– El ex alcalde de Telde, Francisco Aureliano Santiago, manifestó ayer después de someterse al interrogatorio del Tribunal durante más de una hora, que no entraba en sus competencias acabar con la existencia de vertidos tóxicos en el Barranco de Silva, a pesar de que la Federación Ecológica Ben Magec le acuse de un delito contra el medio ambiente, junto a los promotores del polígono industrial de El Goro, Comunidad de Bienes Bruno Naranjo, y a dos ex concejales, Marcelino Galindo y Pedro Galván, de Urbanismo y Medio Ambiente, respectivamente.
Santiago fue alcalde de Telde entre 1979 y 1987 y desde 1991 hasta 2003. En el transcurso de las preguntas suscritas por el Ministerio Fiscal, una de las conclusiones a las que se llegó es que “efectivamente” el Consistorio tenía las competencias para proteger el medio ambiente, a pesar de que el alcalde lo negase, aludiendo a que eran del Gobierno de Canarias, cuando dichas competencias están recogidas en los artículos 25 y 26 de la Ley de Bases de Régimen Local de 1985. Por lo tanto, tanto la Fiscalía como la acusación popular y la juez, no comprendieron durante su testimonio, “por qué” el alcalde, que conocía la existencia de los vertidos procedentes del polígono industrial de El Goro, “no hizo nada” para terminar con el problema en el Barranco de Silva.
Según Santiago, “sí” que se tomaron medidas una vez se comunicó al Ayuntamiento de esos vertidos, “se prohibieron los baños en la playa de Silva”, hecho que se produjo en 1998 aproximadamente, aunque existía constancia de los residuos desde 1992, año en el que se traslada un oficio al Servicio Hidráulico, solicitando auxilios para construir un sistema de depuración porque el que había hasta ese momento “estaba bien” pero era “aconsejable” mejorarlo, explicó Santiago. Igualmente el Ministerio Fiscal hizo mención al convenio suscrito en 1996, que corresponde al Plan General de Ordenación Urbana de Telde, donde de nuevo, “no se tiene en cuenta construir una depuradora, aunque el ex alcalde señaló que “debía recogerse un sistema de depuración”.
Santiago fue alcalde de Telde entre 1979 y 1987 y desde 1991 hasta 2003. En el transcurso de las preguntas suscritas por el Ministerio Fiscal, una de las conclusiones a las que se llegó es que “efectivamente” el Consistorio tenía las competencias para proteger el medio ambiente, a pesar de que el alcalde lo negase, aludiendo a que eran del Gobierno de Canarias, cuando dichas competencias están recogidas en los artículos 25 y 26 de la Ley de Bases de Régimen Local de 1985. Por lo tanto, tanto la Fiscalía como la acusación popular y la juez, no comprendieron durante su testimonio, “por qué” el alcalde, que conocía la existencia de los vertidos procedentes del polígono industrial de El Goro, “no hizo nada” para terminar con el problema en el Barranco de Silva.
Según Santiago, “sí” que se tomaron medidas una vez se comunicó al Ayuntamiento de esos vertidos, “se prohibieron los baños en la playa de Silva”, hecho que se produjo en 1998 aproximadamente, aunque existía constancia de los residuos desde 1992, año en el que se traslada un oficio al Servicio Hidráulico, solicitando auxilios para construir un sistema de depuración porque el que había hasta ese momento “estaba bien” pero era “aconsejable” mejorarlo, explicó Santiago. Igualmente el Ministerio Fiscal hizo mención al convenio suscrito en 1996, que corresponde al Plan General de Ordenación Urbana de Telde, donde de nuevo, “no se tiene en cuenta construir una depuradora, aunque el ex alcalde señaló que “debía recogerse un sistema de depuración”.
Galindo: “No podía resolver el problema”
Marcelino Galindo, concejal de Urbanismo de Telde entre 1995 y 1997 y desde 1997 hasta 1999, uno de los siete imputados por un delito contra el medio ambiente, declaró ayer, en la segunda sesión del juicio, que desconocía que se registrase la existencia de vertidos en el Barranco de Silva en un convenio suscrito en 1992, mientras que manifestó lo contrario para el de 1998, por un informe que realizó un farmacéutico de la Consejería de Sanidad.
Igualmente queda constancia de la existencia de esos residuos en el cauce del Barranco de Silva, a partir del proyecto de ampliación del polígono industrial de El Goro en 1998, donde según explicó el concejal, “faltaban infraestructuras”.
A pesar de la inexistencia de un “correcto” sistema de depuración en el polígono, el Ministerio Fiscal preguntó al acusado “cómo es posible que de nuevo en ese proyecto no se propone la instalación de una depuradora”. Galindo respondió que fue porque los técnicos no le advirtieron.
Una vez se conocen los vertidos, Galindo apuntó que planteó a los técnicos del Consistorio “qué se podía hacer” para erradicar el problema y ellos “me plantean que no tengo competencias para hacerlo y que debe trasladarse a la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias”, hecho que se lleva a cabo y queda constancia, porque fue recibido por la Consejería de Sanidad como por la de Medio Ambiente, según confirman los documentos que aportó la defensa a la sala.
Lo que resultó “inexplicable” para la Fiscalía es que en 1999 se suspendiera el otorgamiento de licencias en el polígono industrial de El Goro y el alcalde en aquel entonces lo desconociera y lo hubiese hecho el concejal de Urbanismo, cuando el procedimiento a llevar a cabo es someterlo a pleno. “No se entiende”, señala el fiscal, que se dejen de otorgar licencias, no se proceda a instalar una depuradora y conociendo los residuos antes, no se dejara de conceder licencias previamente.
Igualmente queda constancia de la existencia de esos residuos en el cauce del Barranco de Silva, a partir del proyecto de ampliación del polígono industrial de El Goro en 1998, donde según explicó el concejal, “faltaban infraestructuras”.
A pesar de la inexistencia de un “correcto” sistema de depuración en el polígono, el Ministerio Fiscal preguntó al acusado “cómo es posible que de nuevo en ese proyecto no se propone la instalación de una depuradora”. Galindo respondió que fue porque los técnicos no le advirtieron.
Una vez se conocen los vertidos, Galindo apuntó que planteó a los técnicos del Consistorio “qué se podía hacer” para erradicar el problema y ellos “me plantean que no tengo competencias para hacerlo y que debe trasladarse a la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias”, hecho que se lleva a cabo y queda constancia, porque fue recibido por la Consejería de Sanidad como por la de Medio Ambiente, según confirman los documentos que aportó la defensa a la sala.
Lo que resultó “inexplicable” para la Fiscalía es que en 1999 se suspendiera el otorgamiento de licencias en el polígono industrial de El Goro y el alcalde en aquel entonces lo desconociera y lo hubiese hecho el concejal de Urbanismo, cuando el procedimiento a llevar a cabo es someterlo a pleno. “No se entiende”, señala el fiscal, que se dejen de otorgar licencias, no se proceda a instalar una depuradora y conociendo los residuos antes, no se dejara de conceder licencias previamente.
http://www.lagacetadecanarias.net/lector.php?articulo=20080208175816
0 comentarios