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SEO/BirdLife presentará una queja a la Comisión Europea por la mala evaluación ambiental de los proyectos eólicos en Extremadura

SEO/BirdLife presentará una queja a la Comisión Europea por la mala evaluación ambiental de los proyectos eólicos en Extremadura

La sociedad conservacionista ha alegado al conjunto de 91 proyectos de energía eólica presentados a información pública. La mayor parte de estos proyectos no recogen adecuadamente los posibles impactos ambientales, por lo que su autorización por parte de la Junta de Extremadura podría dar lugar a graves consecuencias en las poblaciones de numerosas especies de aves amenazadas.

El análisis de los estudios de impacto ambiental de los 91 proyectos, expuestos a información pública en Mérida, ha puesto en evidencia que las deficiencias en la evaluación de impactos ambientales detectadas en la primera convocatoria de autorización de proyectos eólicos se repiten de nuevo. Los promotores, por regla general, no han realizado estudios de campo en las sierras que pretenden ocupar, no se demuestra en sus proyectos que los generadores eólicos no interfieren en las rutas de vuelo de grandes rapaces o especies migratorias y, finalmente, aunque incluyen por fin un análisis de los impactos de los tendidos eléctricos, casi ninguno suma estos impactos a los del propio parque eólico.

Fragmentación de proyectos
SEO/BirdLife también denuncia que en numerosos casos, varios proyectos de un mismo promotor se sitúan en emplazamientos muy próximos, compartiendo los mismos viales y tendidos eléctricos. Se trata pues de evidentes casos de fragmentación de grandes proyectos en varios más pequeños, buscando minimizar la evidencia de impacto y mejorar las posibilidades de conseguir autorizaciones por separado para el conjunto. Si la Junta de Extremadura ignora estas fragmentaciones y no obliga a los promotores a la evaluación conjunta, incumplirá la legislación sobre evaluación de impacto ambiental, lo que puede obligar a SEO/BirdLife a recurrir judicialmente las autorizaciones de implantación de parques fragmentados, tal y como ya se ha hecho en otras comunidades autónomas.

En realidad SEO/BirdLife cree que todo el procedimiento de autorización de parques eólicos en Extremadura está viciado desde un principio, al no seguir la normativa reguladora de la evaluación ambiental de planes o programas. Pese a las buenas intenciones de la Junta de Extremadura, el Decreto 192/2005 que regula la implantación de este sector energético en la región, tiene graves deficiencias de carácter ambiental, al no exigir unos mínimos requisitos técnicos de evaluación de impacto, tal y como sí se hace en otros países de nuestro entorno, como Francia o Alemania, dispuestos a favorecer la implantación de esta nueva energía, pero sin sacrificar innecesariamente valores naturales.

Por el contrario, la Junta de Extremadura sí se ha mostrado meticulosa a la hora de exigir a los promotores el cumplimiento de aspectos administrativos, como la cesión de los terrenos o la justificación de los puestos de trabajo que obligatoriamente deben crear los promotores de energía eólica en Extremadura.

Para SEO/BirdLife resulta sumamente grave esta diferencia de celo de la Junta de Extremadura, en el cumplimiento de sus responsabilidades de protección y conservación de los valores naturales, frente a otros intereses legalmente situados por debajo en los procesos reglados de evaluación y autorización ambiental.

En todo caso, SEO/BirdLife considera inadmisible que se autoricen proyectos eólicos que afecten a los valores por los que se declararon espacios de la Red Natura 2000, que se encuentren en zonas comprendidas en los planes de conservación del águila imperial ibérica y lince ibérico, así como los que afecten a zonas comprendidas en los planes de recuperación del hábitat de águila perdicera o buitre negro; o los que se sitúen en las proximidades de zonas de cría, alimentación o concentración invernal de especies amenazadas propensas a colisionar con ellos, como la cigüeña negra, la grulla común, el cernícalo primilla y otras.

http://www.seo.org/sala_detalle.cfm?idSala=2840&CFID=18070990&CFTOKEN=87415067&jsessionid=aa305091b98f551b524c

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