La caza con escopeta, permitida del 14 de septiembre al 30 de octubre en Gran Canaria
El Consejo Insular de Caza, reunido ayer en la sede de la Consejería de Medio Ambiente durante cinco horas, acordó las fechas, especies cazables y limitaciones para la temporada 2008. La novedad más importante es que se podrá cazar con escopeta para todas las especies del 14 de septiembre al 30 de octubre.
En la reunión, en la que participaron representantes de la Consejería de Medio Ambiente del Cabildo, del Gobierno de Canarias, de los cazadores, de la federación insular, de cotos, de defensores de la naturaleza y del Seprona, se valoró positivamente la idea del Juan Salvador León de poner en marcha el Plan de Ordenación Cinegética de Gran Canaria y el plan técnico que lo desarrollará y se pasó a tratar de consensuar el calendario y las modalidades de caza para este año.
En primer lugar se acordó que los días hábiles para la caza del conejo con perro y hurón serán las que van desde el 3 de agosto al 11 de septiembre, mientras que la caza con escopeta se prolongará desde el 14 de septiembre al 30 de octubre, fechas que también se mantienen para los perros de muestra para pluma, en entreno y sin capturas.
Las especies que se podrán cazar son el conejo, la perdiz roja y la moruna, la paloma bravía y los animales que están asilvestrados y los días hábiles de caza serán los jueves, domingos y festivos, incluyendo el día 8 de septiembre, festividad del Pino.
Por lo que respecta a la codorniz, únicamente se autoriza en los campeonatos de caza, pudiendo ser sustituida por la perdiz. En cuanto al número de hurones quedan limitados a dos por cazador y licencia y cuatro por cuadrilla. Las cuadrillas las constituirán un mínimo de tres personas y un máximo de cinco. En relación a los perros que se podrán llevar al campo se limita a cinco por cazador y quince por cuadrilla. Las piezas cazables por cazador y día no excederán de tres conejos, tres perdices y diez palomas, con un máximo de diez piezas. Por lo que respecta a las cuadrillas podrán cazar diez piezas entre conejos y perdices y quince palomas bravías, con un máximo de quince piezas. En lo referente a los animales asilvestrados no se han fijado límites.
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