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ATAN lleva a los tribunales el catálogo de especies protegidas de Berriel

ATAN lleva a los tribunales el catálogo de especies protegidas de Berriel

La Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza ha emprendido acciones legales contra la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias para reclamar la entrega de los documentos elaborados y financiados con fondos públicos que han servido para la elaboración de la Proposición de Ley del Catálogo Canario de Especies Protegidas presentada por la formación política Coalición Canaria.

 En tal sentido, cabe recordar que con fecha 9 de septiembre de 2009 y registro número 4.578 tuvo entrada en el Parlamento de Canarias la Proposición de Ley 7L/PPL-0011 promovida por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria “DEL CATÁLOGO CANARIO DE ESPECIES PROTEGIDAS”, publicado en el Boletín Oficial del Parlamento número 238/2009.

 Después de numerosas críticas de la comunidad científica y de colectivos sociales y ecologistas a la vista de la rebaja o eliminación de protección para numerosas especies incluidas por el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias del año 2001, con fecha 23 de diciembre de 2009 el señor Consejero de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de Canarias en declaraciones reproducidas en distintos medios de comunicación de Canarias, manifestaba, -en relación con la Proposición de Ley presentada ante el Parlamento de Canarias por la formación política Coalición Canaria del Catálogo Canario de Especies Protegidas-, que dicho Catálogo “se ha hecho con rigor científico”, asegurando que la Consejería de Medio Ambiente, a través del Servicio de Biodiversidad y de la Dirección General del Medio Natural “ha encargado múltiples estudios técnicos que avalan los cambios en el registro”, así como que “se ha invertido mucho dinero en informes técnicos que contrastan la evolución de todas las especies incluidas en el Banco de Biodiversidad y que permiten conocer la cantidad de cada una de ellas; “el nuevo Catálogo se ha elaborado en base a información técnica de primera magnitud, en la que se incluye una evaluación de especies, con fecha de 2009”.

 A la vista de lo sorprendente de estas manifestaciones, toda vez que hasta esa fecha no se conocían ni se habían explicado los criterios técnicos y científicos tenidos en cuenta para la elaboración de dicha Proposición de Ley, -que por otra parte fue registrada y tramitada en el Parlamento sin documento alguno justificativo de dichos criterios-, y que se trata de una iniciativa de una formación política, la asociación que represento formuló ante la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias escrito de fecha 26 de diciembre de 2009 de solicitud de información ambiental, con entrada en el Registro Auxiliar de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio el día 28 de diciembre de 2009, interesando “copia de los estudios e informes técnicos realizados o encargados por la Consejería de medio ambiente, a través del Servicio de Biodiversidad y la Dirección General del Medio Natural o cualquier otro Servicio, así como cualquier otra información técnica facilitada por cualquier Órgano dependiente de la Consejería de Medio Ambiente utilizada o tenida en cuenta para la elaboración de la Proposición de Ley presentada por la formación política integrante del Grupo Parlamentario Coalición Canaria” , con invocación expresa en lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

 Transcurrido el plazo legalmente establecido para resolver la solicitud de información ambiental sin haber recibido ningún tipo de notificación, se formuló nuevo escrito ante la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, con entrada en el Registro Auxiliar de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias el día 29 de enero de 2010, interesando la ejecución del acto administrativo al operar el silencio administrativo como estimatorio, estando, por tanto, esa Administración obligada a facilitar la documentación solicitada.

 No obstante, por parte de la Consejería de Medio Ambiente se sigue obstaculizando el acceso a esa información por lo que ATAN ha tenido que acudir a la vía judicial para que sean los Tribunales quienes obliguen al Gobierno de Canarias a cumplir con la legalidad.

 Esta política oscurantista y obstruccionista es lo habitual por parte del Gobierno de Canarias que incumple sistemáticamente sus obligaciones legales de facilitar la información ambiental, por lo que tampoco sorprende que hayan utilizado la vía de la Proposición de Ley presentada por Coalición Canaria para evitar la participación ciudadana y la preceptiva consulta institucional a la que le obliga la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

 Por otra parte, es lícito, -faltaría más-, que cualquier formación política presente sus iniciativas  legislativas en base a los argumentos que estimen conveniente, -incluso sin argumentos-, y con fundamento en el asesoramiento o con la documentación que estimen oportuna; cosa bien distinta es que una formación política utilice estudios o documentos financiados con fondos públicos para sus fines particulares, además, como instrumento para lograr la ejecución de proyectos que atentan contra el Patrimonio Natural y que encima presuman de ello pero no tengan la vergüenza de explicarlo ni facilitar esa información.

 En cuanto al Consejero de Medio Ambiente, el señor Berriel, si no es capaz de cumplir con la Ley de acceso y de participación en materia de medio ambiente qué se puede esperar de una Ley ideada con la pretensión de salvar obstáculos que retrasen o imposibiliten el desarrollo de planes y proyectos que atentan contra el patrimonio natural de Canarias.

 http://www.atan.org/web/contenido/atan-lleva-los-tribunales-el-catalogo-de-especies-protegidas-de-berriel

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